¿Qué es facturación electrónica?
Es una nueva forma de facturar que viene a sustituir los números de comprobantes fiscales o NCFs, con la particularidad de que tan pronto se firma, dota a la factura de validez legal y tributaria y se envía automáticamente a la DGII y al receptor de la factura.
- ¿Es esto obligatorio?
- ¿Qué lo diferencia de una factura digital?
- ¿Cuáles son los plazos de obligatoriedad de la ley en República dominicana?
- ¿Qué debo hacer para comenzar?
¿Es esto obligatorio?
Si. La factura electrónica es obligatoria. Es una ley, la ley 32-23 y ha ido entrando en vigencia poco a poco en el país.
¿Qué lo diferencia de una factura digital?
Que una factura digital la puede hacer cualquiera en word, o en pdf y simplemente enviarla por correo, pero no sirve de nada para fines tributarios, sin embargo la factura electrónica tiene un firmado o timbre (e-CF) que se genera en tiempo real y será, lo que luego de implementada la ley en el país completo, le dará validez a una factura en RD.
Luego de que se acaben los tiempos de obligatoriedad, podrás tener 15 facturas digitales con NCF, habérselas enviado por correo a la DGII y a tus clientes y no tendrás nada (no aplicarán para descontarlas como gastos que rebajan renta), porque estas facturas no tendrán e-CF y no estarán validadas en tiempo real por la DGII.
¿Cuáles son los plazos de obligatoriedad de la ley en República dominicana?
Los plazos de obligatoriedad son los siguientes:
- Grandes contribuyentes nacionales: Doce (12) meses contados a partir de la vigencia de la Ley No. 32-23 (15 de mayo de 2024)
- Grandes contribuyentes locales y medianos: Veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la Ley No. 32-23 (15 de mayo de 2025)
- Pequeños, micro y no clasificados: Treinta y seis (36) meses contados a partir de la vigencia de la Ley No. 32-23 (15 de mayo de 2026).
¿Qué debo hacer para comenzar?
Paso 1: Elige un software de contabilidad o ERP autorizado por la DGIIBusca una solución que te guste, que se adapte a tu negocio y que esté registrada como proveedor autorizado para emitir facturas electrónicas.
Paso 2: Solicita ser Emisor Electrónico en la DGII
Entra a la Oficina Virtual, llena el formulario con los datos del representante legal y guarda tu número de solicitud.
Paso 3: Adquiere (Compra) tu Certificado Firma Digital para fines tributarios
Selecciona un proveedor de firma digital (como Cámara de Comercio, Vía Firma u OPTIC), verifica tu identidad, firma el contrato y realiza el pago.
Paso 4: Entra al Portal de Certificación de la DGII y haz las pruebas técnicas
Usa el enlace enviado por la DGII para acceder al portal, crea tu usuario y empieza las pruebas de envío de facturas electrónicas (e-CF) junto a tu proveedor de software.
Paso 5: Solicita la secuencia de e-CFs y comienza a facturar
Una vez superadas las pruebas, solicita tus secuencias en la DGII y empieza a emitir facturas electrónicas con validez legal y tributaria
Los pasos no son complicados, la parte neurálgica aquí es cambiar a un software de contabilidad que te haga la vida más fácil y no más difícil sólo por facturación electrónica. Si tienes dudas sobre cual elegir, estoy preparando las configuraciones necesarias que creo que debería tener cualquier software de contabilidad para hacerle la vida más fácil a una pyme junto a Adm Cloud. Estas parametrizaciones no tendrán ningún costo y además tendrás 45 días para probarlas. Sigue atento a estos artículos para enterarte de más.
Nos vemos mañana.
Félix Rosa, The Money Coach